



Para prevenir incendios forestales en los Parques Nacionales se recomienda, además de restringir el acceso, se propone cumplir la normativa de INPARQUES que tiene el fin de conservarlo:
1. Notificar al guardaparques cualquier situación irregular que pueda ocasionar un incendio.
2. Encender fogatas sólo en los sitios permitidos, lejos de la vegetación.
3. No ensuciar el parque con desperdicios o basura (botella, latas, papeles), pues además de contaminar la zona, podrían actuar como desencadenantes del fuego.
4. No quemar basura, sino traerla siempre de vuelta para depositarla en los contenedores.
5. No lanzar colillas de cigarrillos a la vegetación.
6. No arriesgarse a combatir un incendio, si no es especialista.
7. Reportar un incendio, asegurándose de tener a mano la locación exacta, referencia de poblados cercanos, y un número de teléfono donde las autoridades puedan ubicarle.
8. Colaborar con campañas de limpieza y reforestación.
9. Resguardar los manantiales o nacientes de agua, las quebradas y los ríos.
¿Qué se espera de las autoridades? Adicional a las recomendaciones para los visitantes y pobladores del Parque Nacional, es indispensable que las autoridades del Ministerio del Ambiente y de INPARQUES garanticen acciones como:
1. Desarrollo de campañas educativas de concientización y prevención que perduren en el tiempo.
2. Control de la economía informal en los ascensos hacia los puestos de guardaparques, o incluso a lo largo de sus caminerías.
3. Mantenimiento preventivo de la maleza de mediano tamaño a lo largo de la carretera, para evitar que las posibles llamas se extiendan de hacia la montaña.
4. Control y desarrollo de jornada de limpieza que evite los 'cementerios de carros', partes mecánicas y de latonería de vehículos, posiblemente robados y abandonados en el lugar tras su desmantelamiento, lo que forma parte de un desolador escenario natural.
5. Adecuada dotación de trajes, botas, cascos, protectores y mascarillas a los guardaparques y operarios; con condiciones de trabajo confortables (electricidad, agua potable, teléfonos, radios, sueldos dignos, cestatickets y otras reivindicaciones) que les permitan laborar con eficiencia, entusiasmo y mística.
6. Dotación de equipos bomberiles modernos, suficientes y adecuados a la topografía de El Ávila, que posean sistema de rociado desde el aire por un helicóptero, así como suficientes equipos contra incendios tales como: Unidades de Combate de Incendios y Apoyo Hídrico (UCD) o camionetas doble tracción con implementos de trabajo (apagafuegos, aspersoras de agua portátiles, rastrillos forestales, bastidores, camillas tipo cesta para trabajo helitáctico y tipo tabla para inmovilización, mangueras o mangas 'lloronas', tanque de agua de mil litros, motobomba de alta presión, motobomba de repuesto y mangueras de 30 metros de largo).
7. Limpieza periódica de los cortafuegos.
8. Disponer de recursos para planificar y ejecutar la recuperación de las zonas afectadas dentro de los Parques Nacionales.
9. Incremento del número y la preparación de las brigadas de rescate, los bomberos metropolitanos, la Guardia Nacional asignados a las labores contra incendios.
10. Mejoramiento de los sistemas de detección y control de incendios.
11. Combate de las 'fumarolas' que son potenciales reiniciadoras del fuego ya apagado, y suelen quedar activas bajo tierra a pesar del trabajo de refrescamiento del terreno.
12. Desarrollo constante de campañas de arborización y reforestación.

Adicionalmente, en épocas de sequía se aplican medidas que restringen la entrada a algunos sectores del Parque nacional a fin de controlar y evitar la proliferación de incendios forestales.
La Ley Penal del Ambiente (1992) establece prisión de uno a seis años y multa de mil a seis mil días de salario mínimo para aquellos particulares o personas jurídicas que provoquen un incendio en selvas, bosques o cualquier área cubierta de vegetación natural (artículo 50). Si a esto se agrega que tales delitos se cometen dentro de Áreas Protegidas como el Parque Nacional El Ávila, la pena será aumentada hasta la mitad y de acuerdo a la gravedad del daño, se podrá incrementar la sanción hasta las dos terceras partes". Así, un particular pudiera recibir una multa de millones de bolívares, o ser privado de su libertad hasta por 10 años. (VITALIS, 2008).
NOTAS:
1. Para ofrecer servicio voluntario, enviar comunicación a la Dirección General Sectorial de Parques Nacionales, Av. Rómulo Gallegos. Santa Eduvigis. Caracas, Edo. Miranda. Fax: (0212) 285 3070. O también escribir a: mblanco@analitica.com
2. Para denunciar un incendio o solicitar ayuda en El Ávila, llamar al Comando de Pajaritos 0212-2615107 ; a Los Venados 0212-8600690; al 800-Avila (28458); a Telcel *911; o a Movilnet *1.
Fuentes consultadas
VITALIS (2008). Incendio en El Ávila [Información en línea]. Disponible: http://www.vitalis.net/actualidad800.htm [Consulta: majo 09, 2009]